Diputación Provincia del Valladolid

Por Decreto de la Presidencia nº 48/2000, de 14 de enero, se dispuso la creación del Registro General de Convenios de la Diputación Provincial de Valladolid, dependiente de la Secretaría General, con los objetivos de facilitar y lograr una mejor identificación de los convenios suscritos por la Institución así como agilizar las comunicaciones pertinentes entre las diferentes Áreas y Servicios de esta Diputación, resolución que ha sido objeto de modificación en el ejercicio 2013 mediante el decreto de la Presidencia nº 2374, dictado en fecha 26 de julio que, anticipando las determinaciones contenidas en el artículo 7 del Proyecto de ley de transparencia, acceso a la información y buen gobierno actualmente en fase de tramitación parlamentaria, modificó el mencionado decreto nº 48/2000 para posibilitar la publicación en la página web de la Diputación de los convenios suscritos por la Institución Provincial, mencionando al menos la identificación de las partes firmantes, el objeto del convenio, su plazo de duración y, en su caso, las obligaciones económicas a que diera lugar. Referencia que en la actualidad está establecida en el artículo 8.1.b) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Respecto a los órganos de la Diputación competentes para su aprobación, hay que indicar que dentro del marco competencia general y el régimen de delegaciones permitido por la normativa de Régimen Local, la Presidencia de la Diputación, para la legislatura 2023-2027, dictó el decreto de la Presidencia nº 3.828, de 10 de julio de 2023, que en su apartado 2º.b) establece: "La aprobación de convenios de colaboración cuando su cuantía total exceda de 12.000 euros y no supere los 30.000 euros. Pasado este límite, la competencia para su aprobación corresponderá al Pleno, al igual que la de aquellos cuya cuantía sea indeterminada o cuya duración exceda de 4 años. Se exceptúa la aprobación de convenios expropiatorios y la de los convenios a través de los cuales se instrumenten subvenciones de carácter nominativo previstas en el presupuesto, que corresponderá a la Presidencia."

Ficheros de descarga